Acuerdo de doble imposición.?
Respuestas:
este es un peliagudo tema fiscal, que ha provocado rios y rios de tinta en leyes muy confusas, te lo voy a tratar de explicar lo más sencillo posible:
si una empresa española tiene una sede en un país extranjero, estará obligada a tributar en ese país por los beneficios obtenidos con arreglo a la normativa vigente en dicho país, además al hacer el impuesto de sociedades español debe agregar a los beneficios, los obtenidos en el país extranjero, por lo que estaría tributando dos veces por el mismo beneficio.
Para ello existe una figura que es la "deducción por doble imposición internacional", que permite que te deduzcas los impuestos que pagaste en el otro país para no pagar dos veces.
pero siempre y cuando exista entre los dos países ese convenio que citabas en tu pregunta. O sea, que si no existe, se paga una barbaridad de impuestos
NO TENGO IDEA PERO PERO TE MANDO UN SALUDO POR LO MENOS
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